En España ocupa el segundo
rango la Ley Orgánica. La mayor Ley en España y la primera es la “Carta Magna”.
La Ley Orgánica. Ley que se
deriva directamente de la Constitución y sirve para su mejor aplicación.
Una ley orgánica es
aquella que se requiere constitucionalmente para
regular ciertas materias. Habitualmente para la aprobación de leyes orgánicas
son necesarios requisitos extraordinarios como por ejemplo, mayoría absoluta o cualificada.
En Derecho
comparado, el antecedente jurídico más inmediato de las leyes
orgánicas se encuentra en el Derecho francés, en particular en la Constitución francesa de 1958, que
estableció un escalón intermedio entre la norma constitucional y las leyes
ordinarias.
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